marzo, 2014

Un hombre de 59 años y vecino de Padrón (A Coruña) ha sido detenido por la Guardia Civil como supuesto autor de un delito de maltrato animal, después de matar presuntamente a dos de sus perros con una escopeta porque “al parecer ya no le servían para el deporte de la caza”.

El instituto armado informa en un comunicado de que el hombre, detenido el pasado fin de semana, era propietario de los dos perros, a los que presuntamente disparó sendos tiros.

Los animales aparecieron en un paraje denominado Cruz da Pena, próximo a la aldea de Queiruga (Padrón).

El imputado posee cuatro escopetas que han sido intervenidas por la Guardia Civil y, tras prestar declaración en el cuartel, fue puesto en libertad a disposición del requerimiento que las autoridades judiciales de Padrón le hagan en su momento.

Fuente: La Vanguardia

El Juzgado de Instrucción número 5 de Zamora ha desestimado el recurso de reforma interpuesto por el imputado contra el precinto de la finca.

En el Auto por el que se desestima el recurso de reforma, el Juzgado manifiesta lo siguiente:

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La Fiscalía ha mantenido este miércoles en sus conclusiones definitivas su petición de nueve meses de cárcel para el hombre juzgado por un delito de maltrato animal por ahorcar presuntamente al perro de su vecino en una urbanización de Ogíjares (Granada) en octubre del 2012.

En el juicio, celebrado en el Juzgado de lo Penal 5, cuyo titular es Miguel Ángel Torres y que ha quedado visto para sentencia, la acusación particular también ha elevado a definitiva su solicitud inicial y ha pedido un año de cárcel para el acusado, cuya defensa ha interesado por su parte su libre absolución.

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El Senado ha aprobado la modificación de la Ley de Seguridad Vial, según la cual los cazadores quedarán prácticamente eximidos de cualquier responsabilidad si de su actividad se deriva un accidente de circulación.

La redacción final dada a la disposición adicional novena exime a los cazadores de toda responsabilidad en los accidentes de tráfico provocados por “especies cinegéticas”, salvo en un supuesto muy excepcional: cuando el accidente sea consecuencia directa de una “acción colectiva de caza mayor” hasta un plazo de doce horas.

De esta manera, los cazadores y los titulares cinegéticos quedan eximidos en la mayor parte de las situaciones en las que su actuación supone un riesgo de accidente.

Es preciso señalar que el mayor defensor de esta reforma a lo largo ha sido en las instituciones políticas ha sido el exdiputado Emilio Olabarria, miembro de la Asociación Parlamentaria en Defensa de los Animales. Este hecho pone de manifiesto que el supuesto compromiso de algunos políticos, como Emilio Olabarria, en la defensa de los animales no es real. Por ello, se hace necesario el apoyo por parte de los activistas a quienes se oponen al especismo y defienden a todos los animales.

El Juzgado de Instrucción número 5 de Zamora ha acordado, mediante Auto de 12 de marzo de 2014, el precinto judicial de una finca de Zamora .

En el citado Auto, el juzgado señala: “Ya que existen indicios claros de la existencia de restos de animales en dicha finca al haber sido reconocido el hecho por el imputado, aunque no puede precisarse sin la práctica de la exhumación su número y forma de muerte. Por lo que la garantía de la práctica de investigación para la averiguación de este hecho requiere del precinto judicial solicitado para evitar actuaciones que puedan frustrar la finalidad de la medida”.

Asimismo, se ha autorizado a varios voluntarios de la asociación Defensa Animal Zamora a la entrada en la finca para cuidar y atender a los animales presentes en la misma mientras dure el precinto judicial.

El imputado, propietario de la finca, reconoció en una declaración prestada en el Juzgado haber disparado a varios perros en los últimos años, provocándoles la muerte. Estos animales fueron enterrados con posterioridad en la finca.

El presente procedimiento se ha abierto tras una denuncia interpuesta por la asociación Defensa Animal Zamora, que está personada en el procedimiento judicial como acusación. Daniel Dorado, presidente del Centro Legal para la Defensa de los Animales, es el abogado de la acusación.

El pasado 10 de marzo se celebró en el Juzgado de lo Penal 1 de Benidorm el juicio contra el cazador de Benidoleig (Alicante) que dejó morir de hambre a sus perros, en el que estaba personado el Partido Animalista como acusación.

En el mismo, la fiscal solicitó un año de prisión para el acusado, y que se le inhabilitara para el ejercicio de la caza. Por su parte, Daniel Dorado (abogado del Partido Animalista y presidente del Centro Legal para la Defensa de los Animales) solicitó un año de prisión y tres años de inhabilitación para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales (la pena máxima prevista en el artículo 337 del Código Penal), y solicitó también que el acusado fuera inhabilitado para la tenencia de animales y para la tenencia de armas.

En el juicio, el acusado se negó a responder a las preguntas del abogado de la acusación. Además, modificó la versión de los hechos, hasta el punto de afirmar que envenenó a los animales con un producto agrícola en compañía de un supuesto amigo suyo, el cual no compareció como testigo al juicio. Esto contrasta con las manifestaciones prestadas ante la Guardia Civil, donde el acusado manifestó que llevaba dos meses sin pasar por la finca donde estaban encerrados los perros en una jaula, y, cuando se le preguntó el motivo, respondió que “no valían para la caza”.

La Consellería de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia está llevando a cabo un programa de captura y matanza de estos animales. Son ya más de treinta los mapaches ejecutados.

Ha salido a la luz recientemente la noticia de la captura y matanza de mapaches en Lugo, abandonados tras ser adquiridos como “mascotas”. Desde el Partido Animalista han expresado su rechazo por esta nueva matanza de animales.

Tal y como manifiesta el Partido Animalista, el argumento del potencial impacto ecológico de estos animales no justifica que estos sean matados. El impacto de los seres humanos en el medio es incomparablemente mayor que el que pueden tener estos animales. Sin embargo, cuando hay implicados seres humanos, se buscan otro tipo de soluciones. Esto es debido a que, por encima de cualquier supuesto valor medioambiental ha de prevalecer el respeto por nuestros prójimos.

El mismo principio debe prevalecer en el caso de los animales de otras especies, pues estos no son objetos y, como nosotros, también tienen la capacidad de sufrir y disfrutar, y, por lo tanto, un interés en no ser dañados ni matados. Por lo tanto, las intervenciones en la naturaleza como esta deben tener también como un principio básico la búsqueda de las mejores soluciones para estos y no constar en su matanza.

Desde el Partido Animalista encuentran inaceptable que se lleven a cabo estas campañas de matanza de animales por motivos ecologistas. Mientras, en las tiendas de animales y otros negocios semejantes, tanto los mapaches como otros animales continúan siendo vendidos como si fuesen simples objetos, propiciando que situaciones de este tipo se repitan en el futuro.

Fuente: Partido Animalista